Actualizado: · Publica: Domésticas de Colombia, agencia de gestión y colocación de empleo (Resolución SPE 00691 de 2018)
Respuesta rápida. El contrato de una empleada doméstica debe constar por escrito e incluir siete datos: identificación de las partes, lugar de trabajo, tareas, jornada, salario, periodo de prueba y duración. Lo exigen la Ley 2466 de 2025 y el Decreto 0993 de 2026, también para el trabajo por días. El contrato verbal sigue siendo válido, pero no cumple esa obligación.

Esta guía resume las reglas del contrato de trabajo doméstico vigentes en octubre de 2026 e incluye un modelo con las cláusulas mínimas. Aplica a empleadas internas, externas de tiempo completo y por días, y a quienes cuidan niños, adultos mayores o personas con discapacidad en el hogar.
¿Es obligatorio el contrato escrito con una empleada doméstica?
Sí. El artículo 33 de la Ley 2466 de 2025 ordena vincular a las trabajadoras del servicio doméstico con contrato de trabajo escrito, y el Decreto 0993 de 2026 fijó su contenido mínimo. La obligación cubre todas las modalidades de contratación, incluido el trabajo por días.
El contrato verbal no desaparece: el mismo decreto aclara que la exigencia del documento no desconoce la relación laboral ni es un requisito para que exista. La diferencia práctica está en la prueba. Con contrato escrito, el salario, la jornada y el periodo de prueba quedan definidos; sin él, no hay periodo de prueba y el contrato se entiende a término indefinido.
Los inspectores de trabajo pueden pedir el contrato, los recibos de pago, los certificados de afiliación y las planillas PILA, y verifican que el contrato escrito exista.
¿Qué debe incluir el contrato de una empleada doméstica?
El contrato debe incluir como mínimo siete datos, según el artículo 2.2.9.10.1.3, adicionado por el Decreto 0993 de 2026. La tabla «Contenido mínimo del contrato de trabajo doméstico» los resume.
| Dato | Qué se escribe |
|---|---|
| 1. Partes | Nombre, identificación y dirección del empleador y de la trabajadora |
| 2. Lugar de trabajo | Dirección del hogar o de los hogares donde se presta el servicio |
| 3. Tareas | Descripción clara y detallada de las actividades |
| 4. Jornada | Hora de inicio y de finalización, y descansos diario y semanal |
| 5. Salario | Salario base, forma de pago (mensual, quincenal, semanal o por días) y valor estimado del pago en especie, que no puede pasar del 30 % del salario mínimo |
| 6. Periodo de prueba | Máximo dos meses, pactado por escrito en el contrato o en un anexo |
| 7. Duración | Término fijo, término indefinido o duración de la obra o labor |
El artículo 39 del Código Sustantivo del Trabajo agrega dos datos que lleva todo contrato escrito: el lugar y la fecha en que se firma. También ordena extender un ejemplar para cada parte.
La descripción de las tareas tiene efectos prácticos. El Decreto 0993 de 2026 incluye entre las conductas de acoso laboral la asignación de funciones no pactadas y la sobrecarga de tareas sin pago adicional. Si la empleada también cuidará niños o a un adulto mayor, esa labor debe quedar escrita.
¿Qué tipos de contrato se pueden usar con una empleada doméstica?
Se pueden usar tres: término indefinido, término fijo y obra o labor. El indefinido es la regla general desde la Ley 2466 de 2025; los otros dos solo valen si constan por escrito, y cuando falta ese requisito el contrato se entiende a término indefinido desde el inicio.
| Tipo | Duración | Cómo termina | Indemnización si el empleador lo termina sin justa causa |
|---|---|---|---|
| Término indefinido | Sin fecha de terminación | La trabajadora puede renunciar con un preaviso de 30 días calendario; no se puede pactar sanción si lo omite | 30 días de salario por el primer año y 20 días por cada año adicional |
| Término fijo | Hasta cuatro años, incluidas las prórrogas | Vence en la fecha pactada si una de las partes avisa con 30 días de anticipación; sin aviso, se prorroga por un periodo igual | Salarios del tiempo que falta para cumplir el plazo |
| Obra o labor | Lo que dure la labor, descrita de forma precisa y detallada | Termina cuando finaliza la labor contratada | Salarios del tiempo que falta, con un mínimo de 15 días |
El término indefinido es el tipo que menos trámites exige en una labor permanente, porque no hay fechas de vencimiento ni prórrogas que controlar. El término fijo se usa para necesidades con fecha de terminación conocida, como un reemplazo temporal.
En los tres tipos, la trabajadora recibe vacaciones y prestaciones sociales en proporción al tiempo trabajado, cualquiera que sea. El cálculo de esos pagos al terminar el contrato está en la guía Liquidación de empleada doméstica en 2026.
¿Cómo funciona el periodo de prueba de una empleada doméstica?
El periodo de prueba dura máximo dos meses y solo existe si se pacta por escrito, en el contrato o en un anexo. Durante ese tiempo, cualquiera de las partes puede terminar el contrato sin indemnización, y la trabajadora recibe salario, seguridad social y prestaciones desde el primer día.
- En un contrato a término fijo de menos de un año, el periodo de prueba no puede pasar de la quinta parte del plazo pactado. En un contrato de seis meses son 36 días.
- Si las mismas partes firman contratos sucesivos, el periodo de prueba solo vale en el primero.
- La presunción de 15 días de prueba que traía el Código Sustantivo del Trabajo para el servicio doméstico fue declarada inexequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-028 de 2019.
Modelo de contrato de empleada doméstica para diligenciar
El siguiente modelo contiene las cláusulas mínimas del Decreto 0993 de 2026 para un contrato a término indefinido. Los datos entre corchetes se reemplazan con la información de cada caso.
Contrato de trabajo doméstico a término indefinido
Lugar y fecha de firma: [ciudad], [día] de [mes] de [año].
Primera. Partes. Empleador: [nombre completo], cédula [número], domicilio en [dirección]. Trabajadora: [nombre completo], cédula [número], domicilio en [dirección].
Segunda. Lugar de trabajo. La trabajadora prestará el servicio en el hogar ubicado en [dirección y ciudad].
Tercera. Actividades. La trabajadora realizará las siguientes labores: [aseo de la vivienda, lavado y planchado de ropa, preparación de alimentos, cuidado de niños o de adultos mayores, según el caso]. Las labores distintas de estas se acordarán por escrito.
Cuarta. Jornada. La trabajadora laborará los días [días de la semana], de [hora de inicio] a [hora de finalización], con una hora continua de descanso al día. El día de descanso semanal remunerado será el [domingo u otro día pactado]. La jornada no superará las 42 horas semanales; las horas extras se registrarán y se pagarán con los recargos de ley.
Quinta. Salario. El empleador pagará un salario de [valor en pesos] [al mes o por día trabajado], más el auxilio de transporte cuando corresponda. El pago se hará por [transferencia o efectivo] cada [mes, quincena, semana o día trabajado]. [Si hay pago en especie: del salario, [valor en pesos] corresponden a alimentación y vivienda.]
Sexta. Periodo de prueba. Los primeros [número de días, máximo dos meses] del contrato son periodo de prueba. Durante ese tiempo, cualquiera de las partes puede terminar el contrato sin indemnización.
Séptima. Duración. El contrato es a término indefinido y empieza el [fecha de inicio].
Octava. Seguridad social y prestaciones. El empleador afiliará a la trabajadora al sistema de seguridad social desde el inicio del contrato y pagará los aportes por medio de la PILA. La trabajadora recibirá prima de servicios, cesantías, intereses sobre las cesantías, vacaciones y dotación en los términos de la ley.
Novena. Ejemplares. Las partes firman dos ejemplares del mismo contenido, uno para cada una.
Firma del empleador: ____________ C. C. ____________
Firma de la trabajadora: ____________ C. C. ____________
Límites del modelo: es un texto base con las cláusulas mínimas. Un contrato a término fijo o por obra o labor necesita además la fecha de terminación o la descripción precisa de la labor, y los acuerdos especiales, como la confidencialidad o el manejo de llaves y dinero, requieren la revisión de un abogado laboral.
Para una empleada interna, la cláusula de salario debe indicar el valor del pago en especie. Las reglas de esa modalidad están en la guía Empleada doméstica interna en 2026.
¿Qué cláusulas no tienen validez en un contrato de trabajo doméstico?
No produce efecto ninguna cláusula que deje a la trabajadora por debajo de los mínimos legales (artículos 13 y 43 del Código Sustantivo del Trabajo). Aunque las dos partes la firmen, el empleador debe pagar lo que ordena la ley. Estos son seis ejemplos.
- Un salario inferior al mínimo: menos de $1.750.905 al mes en tiempo completo, o menos de $76.394 por día de 7 horas, valor que incluye el descanso dominical proporcional y el auxilio de transporte.
- Un pago en especie superior al 30 % del salario cuando se gana el mínimo, es decir, de más de $525.271.
- Una jornada de más de 42 horas semanales sin pago de horas extras.
- La renuncia a la prima, las cesantías, las vacaciones o la afiliación a seguridad social.
- Un periodo de prueba de más de dos meses.
- Una sanción para la trabajadora que renuncie sin preaviso.
El nombre del documento tampoco cambia la naturaleza del vínculo. Si hay trabajo personal, subordinación y salario, existe contrato de trabajo aunque el papel diga «prestación de servicios» (artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo).
¿Dónde se registra el contrato y qué documentos hay que guardar?
La Ley 2466 de 2025 dispone que el contrato se registre en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA); ese registro tiene efectos de publicidad y no es requisito de validez. El Decreto 0993 de 2026 agrega que el contrato y las novedades de horas extras se registran en el Registro Único de Trabajadores del Ministerio del Trabajo. El decreto no describe el procedimiento de ese registro.
En la PILA, la empleada de tiempo completo se reporta en la planilla tipo S como cotizante 02, y la empleada por días que cotiza por semanas, en la planilla tipo E como cotizante 51, según la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP). El paso a paso de la afiliación está en la guía Empleada doméstica por días: cómo contratarla y afiliarla.
Estos son los documentos que un inspector de trabajo puede pedir y que conviene conservar durante todo el contrato:
- Un ejemplar del contrato firmado para cada parte.
- Recibos o comprobantes de pago del salario y de las prestaciones.
- Certificados de afiliación a pensión, salud, ARL y caja de compensación.
- Planillas PILA pagadas.
- Registro de horas extras, con la actividad realizada y el número de horas diurnas y nocturnas.
¿Cómo lo resuelve Domésticas de Colombia?
Domésticas de Colombia preselecciona a la empleada antes de la firma del contrato: confirma referencias por teléfono, verifica antecedentes en Fiscalía, Procuraduría y Policía, y hace visita domiciliaria. Para el personal por turnos ofrece planes de manejo de nómina, que cubren salario, auxilio de transporte, planilla de seguridad social, parafiscales y administración de la nómina.
Límites del servicio: el modelo de esta guía es un texto base y no reemplaza la asesoría de un abogado laboral. Según su Reglamento de funcionamiento, la agencia preselecciona dos o tres candidatas, en lo posible, entre las hojas de vida registradas, y no elige por el empleador. La comparación con la búsqueda por cuenta propia está en la guía Agencia de empleadas domésticas o contratación directa.
Preguntas frecuentes sobre el contrato de empleada doméstica
¿El contrato de una empleada doméstica debe ser escrito?
Sí. El artículo 33 de la Ley 2466 de 2025 y el Decreto 0993 de 2026 exigen contrato de trabajo escrito en todas las modalidades, incluido el trabajo por días. El contrato debe incluir como mínimo siete datos: partes, lugar, tareas, jornada, salario, periodo de prueba y duración.
¿Qué pasa si la empleada doméstica no tiene contrato escrito?
La relación laboral existe igual: el contrato verbal es válido y da derecho a salario, seguridad social y prestaciones. Sin documento, el contrato se entiende a término indefinido y no hay periodo de prueba. El empleador incumple la obligación de formalizarlo, que los inspectores de trabajo verifican.
¿Cuánto dura el periodo de prueba de una empleada doméstica?
Máximo dos meses, y solo si se pacta por escrito. En un contrato a término fijo de menos de un año no puede pasar de la quinta parte del plazo. Los 15 días de prueba automáticos que traía la ley para el servicio doméstico dejaron de existir con la Sentencia C-028 de 2019.
¿Se puede contratar una empleada doméstica a término fijo?
Sí, por escrito y por un plazo de hasta cuatro años. Si ninguna de las partes avisa con 30 días de anticipación que no lo prorrogará, el contrato se renueva por un periodo igual. Un contrato a término fijo que no consta por escrito se entiende a término indefinido.
¿El contrato de una empleada doméstica por días es diferente?
Tiene el mismo contenido mínimo. Cambian la cláusula de jornada, que indica los días de la semana y el horario, y la de salario, que fija el pago por día: mínimo $76.394 por una jornada de 7 horas en 2026. Cada hogar donde trabaja firma su propio contrato.
Fuentes y metodología
Las cifras de esta guía son cálculos de Domésticas de Colombia con base en las normas vigentes al 3 de octubre de 2026. Cada resultado se calcula con los valores sin redondear y se redondea al peso más cercano; por eso, multiplicar cifras ya redondeadas puede dar diferencias de pocos pesos.
- Decreto 0993 de 2026, condiciones laborales del trabajo doméstico remunerado (Presidencia de la República).
- Ley 2466 de 2025, reforma laboral (Función Pública).
- Código Sustantivo del Trabajo (Régimen Legal de Bogotá).
- Aportes de empleados domésticos (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, UGPP).
- Decreto 1469 de 2025, salario mínimo legal de 2026 (SUIN-Juriscol, Ministerio de Justicia).
- Decreto 1470 de 2025, auxilio de transporte de 2026 (Régimen Legal de Bogotá).
- Reglamento de funcionamiento de Domésticas de Colombia.
- Planes de manejo de nómina de Domésticas de Colombia.
Registro de actualizaciones. 3 de octubre de 2026: publicación original con la Ley 2466 de 2025, el Decreto 0993 de 2026 y el salario mínimo de 2026.